domingo, 26 de enero de 2025

21.01.2024-PROYECTO GANADOR DEL CONCURSO DE IDEAS PARA NUEVO PARQUE FERIAL


El proyecto bajo el título ENTRE JUEGOS Y CULTIVOS ha resultado ganador del Concurso de Ideas para el nuevo Parque Ferial en la Finca El Batán, convocado por el Ayuntamiento de San Fernando de Henares junto con el COAM (Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid), a continuación destacamos los siguientes puntos clave:
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1. LA ELECCIÓN DEL PROYECTO GANADOR:
El proyecto titulado "ENTRE JUEGOS Y CULTIVOS" ha sido elegido por la comisión especializada del COAM por su enfoque en la integración paisajística, regeneración natural de la parcela y la reducción del impacto ambiental y económico de las obras. Aunque no era la propuesta respaldada por la Plataforma, se acepta la decisión técnica.
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2. PREFERENCIA DE LA PLATAFORMA CÍVICA S.FERNANDO:
Esta Plataforma tenía como preferencia el proyecto "CONFLUIR PAISAJES", que ofrecía mayor espacio para el recinto ferial así como un espacioso auditorio al aire libre para eventos y conciertos con capacidad para hasta 5000 personas, permitiendo conciliar mejor las necesidades de un parque urbano con las de una feria anual con mayor espacio que la actual, eliminando molestias a los vecinos del entorno de la calle de La Huerta. Se resalta que el proyecto ganador contempla un espacio ferial más limitado, lo que genera dudas sobre su capacidad para acoger no sólo la feria tal cual, sino más atracciones y casetas o eventos de gran formato como conciertos.
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3. CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO GANADOR.
* Recuperación de la memoria agrícola y fluvial del lugar.
* Rescate del patrimonio cultural e histórico, incluyendo elementos hidráulicos y su relación con la Real Fábrica de Paños y la trama urbana barroca.
* Creación de una pradera con arbolado y usos recreativos y deportivos, manteniendo la infraestructura mínima necesaria para preservar su carácter natural.
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4. PROPUESTA PARA EL ACTUAL RECINTO FERIAL:
La Plataforma trabajará en un proyecto que reconvierta el actual recinto ferial de la calle de La Huerta en una zona verde con equipamientos públicos singulares, especialmente aquellos desplazados tras las demoliciones derivadas de los hundimientos de la L7B del Metro.
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5. OPOSICIÓN AL PROYECTO REGIONAL DE PLAZA EN EL SOLAR DEL DEMOLIDO COMPLEJO "EL PILAR":
Se ha sugerido al gobierno municipal denegar la licencia urbanística para una plaza sin arbolado propuesta por la Comunidad de Madrid, en favor de una propuesta integral de regeneración urbana que incluya además de un parque con cobertura arbórea y vegetal, los solares de viviendas demolidas, asegurando su expropiación para ser tratados como espacios libres públicos.
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COMPROMISO CON LA DEFENSA DEL INTERÉS GENERAL.
La Plataforma Cívica San Fernando de Henares reafirma su compromiso con el interés general y con un urbanismo sostenible y equilibrado, proponiendo alternativas para el más óptimo desarrollo de San Fernando de Henares. Asimismo defendemos la necesidad de hacer más transparentes y participativos procesos de exposición pública y aportación de alternativas y sugerencias a proyectos que como este, son estratégicos a la par que ilusionantes para el conjunto de la ciudad y sus vecin@s.



19.01.2025-PLATAFORMA CÍVICA S. FERNANDO DEFIENDE LA VIABILIDAD DE ARBOLADO EN EL FUTURO PARQUE EN EL SOLAR DEL COMPLEJO EDUCATIVO EL PILAR.


1. INTRODUCCIÓN.

La presente propuesta y implica un análisis previo que aborda la posibilidad de implantar arbolado en el solar de 12.000 m² del Complejo Educativo El Pilar, demolido debido a los daños estructurales derivados de los problemas de subsidencia causados por las filtraciones de agua en torno al pozo de bombeo del túnel del metro. Actualmente, el solar se ha estabilizado mediante inyecciones de mortero, y se ha decidido destinarlo a zona verde.
Sin embargo, la Comunidad de Madrid ha manifestado su negativa a la plantación de arbolado, lo que limita el diseño de un espacio urbano funcional y confortable.
Aquí analizamos algunas de las implicaciones técnicas, proponemos alternativas viables y justificamos la necesidad de incorporar vegetación arbórea para garantizar un uso adecuado del espacio en pleno entorno urbano.

2. ANÁLISIS DEL TERRENO Y CONTEXTO.

* Condiciones del solar:

- Superficie: 12.000 m².

- Estabilización:
Inyecciones de mortero para mitigar los problemas de subsidencia.

- Uso previsto:
Zona verde pública.

- Limitación:
Prohibición de edificación debido al riesgo geotécnico.

* Condiciones climáticas:
-Veranos calurosos, con temperaturas que superan los 35 °C.
-Necesidad de reducir el efecto de isla de calor urbano mediante vegetación.
-Impacto de la falta de arbolado:
Un espacio sin sombra resulta poco atractivo y funcional para la convivencia ciudadana.
Pavimentos duros aumentan la radiación térmica y dificultan la gestión del agua pluvial.

3. VIABILIDAD TÉCNICA DEL ARBOLADO.

* Evaluación del terreno:
Realizar un estudio geotécnico adicional para determinar la resistencia del suelo estabilizado y la capacidad de soportar sistemas radiculares.
Identificar áreas específicas dentro del solar donde las raíces no comprometan la estabilidad del terreno ni interfieran con el sistema de inyecciones.

* Especies recomendadas:

-Árboles con raíces superficiales adaptados al clima mediterráneo:
Celtis australis (almez).
Fraxinus angustifolia (fresno).
Prunus cerasifera (ciruelo rojo).

-Arbustos y árboles pequeños que no requieran un anclaje profundo:
Lagerstroemia indica (árbol de Júpiter).
Arbutus unedo (madroño).
Vegetación trepadora para pérgolas:
Vitis vinifera, Wisteria sinensis.

* Métodos complementarios:
-Uso de estructuras con alcorques elevados que reduzcan la interacción directa de las raíces con el suelo estabilizado.

-Implantación de suelo estructural o depósitos subterráneos para guiar el crecimiento radicular.

4. PROPUESTA DE DISEÑO DE LA ZONA VERDE.

1. Superficies permeables:
-Sustituir pavimento duro por materiales drenantes (adoquines permeables, grava estabilizada, césped reforzado).
-Incorporar zonas ajardinadas con arbustos y plantas autóctonas.

2. Arbolado y sombras:
-Crear corredores de sombra con árboles en las áreas más seguras.
Instalar pérgolas y estructuras ligeras cubiertas de plantas trepadoras.

3. Gestión del agua:
-Diseño de sistemas de riego eficientes, como riego por goteo, para reducir el consumo hídrico.
-Captación y reutilización de aguas pluviales mediante sistemas de drenaje sostenible.

5. JUSTIFICACIÓN DE LA INCLUSIÓN DE ARBOLADO.

* Climática y Ambiental:
-Reducción de temperaturas mediante sombra y evapotranspiración.
-Mejora de la calidad del aire y mitigación del ruido urbano.

* Social y Funcional:
-Fomenta el uso ciudadano y la convivencia.
-Genera un espacio más atractivo y saludable para la comunidad.

* Estética y Urbana:
-La vegetación aporta un valor paisajístico que integra mejor el espacio en el entorno urbano.

6. CONCLUSIONES.

1. La prohibición total del arbolado limita la funcionalidad de la zona verde, especialmente en un entorno urbano con veranos extremos.

2. Con un diseño adecuado y una selección cuidadosa de especies, es posible incorporar vegetación arbórea sin comprometer la estabilidad del terreno estabilizado por mortero.

3. Alternativas como pérgolas verdes, arbustos o árboles con sistemas radiculares superficiales ofrecen soluciones viables.

7. RECOMENDACIONES.

1. Realizar un nuevo estudio geotécnico que determine las áreas aptas para la plantación de arbolado.

2. Diseñar un plan de vegetación que combine arbolado, arbustos y superficies permeables.

3. Mantener el diálogo con la Comunidad de Madrid para garantizar la compatibilidad técnica del proyecto con las normativas y criterios de seguridad.

19.01.2025-POR UN COMPROMISO MUNICIPAL CON EL FOMENTO DEL ALQUILER ASEQUIBLE.

 


La Plataforma Cívica San Fernando de Henares propone una bonificación del IBI para incentivar el alquiler de viviendas vacías a precios asequibles.
Una propuesta innovadora para ampliar la oferta de viviendas en alquiler en el municipio, garantizando precios más accesibles para los vecinos y combatiendo el problema de las viviendas vacías.
La iniciativa plantea una bonificación del 50% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para los propietarios que alquilen viviendas vacías, siempre que lo hagan ajustándose a los precios máximos recomendados en las áreas de mercado tensionado, según lo establece la Ley de Vivienda aprobada por el Gobierno de España en 2023.

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OBJETIVOS DE LA PROPUESTA.
1. Fomentar el alquiler asequible:
Los propietarios que mantengan sus viviendas vacías podrán beneficiarse de un ahorro fiscal significativo si las ponen en alquiler bajo precios razonables, alineados con las necesidades de las familias del municipio.
2. Ampliar la oferta de alquiler:
Esta medida pretende movilizar el parque de viviendas desocupadas y aumentar las opciones habitacionales disponibles.
3. Proteger a las familias y jóvenes:
Al promover precios asequibles, la propuesta facilita el acceso a una vivienda digna y adecuada para los colectivos más afectados por la crisis del alquiler.

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CONSISTENCIA TÉCNICA Y JURÍDICA.
La propuesta se basa en el marco legal vigente:
Ley de Vivienda (Ley 12/2023), que regula las áreas de mercado tensionado y establece límites de precios en el alquiler.
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que permite a los Ayuntamientos aplicar bonificaciones en el IBI para viviendas que se destinen al alquiler.
La Plataforma también propone que el Ayuntamiento de San Fernando de Henares solicite a la Comunidad de Madrid la declaración del municipio como área de mercado tensionado, lo que permitirá aplicar precios máximos al alquiler en el municipio.

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BENEFICIOS DE LA MEDIDA PARA SAN FERNANDO DE HENARES.
1. Mayor acceso a la vivienda:
Las familias, jóvenes y personas con rentas más bajas tendrán más oportunidades de encontrar un hogar a precios razonables.
2. Incentivo para los propietarios:
Aquellos que mantengan viviendas vacías podrán reducir su carga fiscal si las alquilan.
3. Impacto positivo en la economía local:
La ocupación de viviendas vacías dinamiza el entorno, fomenta el comercio y reduce problemas asociados al abandono habitacional.
Desde la Plataforma Cívica San Fernando de Henares señalan que esta medida "es un paso necesario para enfrentar la crisis del alquiler en nuestro municipio, combinando incentivos económicos para los propietarios con beneficios directos para los vecinos".

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Además, subrayan que la medida tiene un enfoque transversal:
"No solo reducimos las viviendas vacías, sino que también garantizamos precios justos y una gestión eficiente del parque habitacional del municipio".


MOCIÓN PARA LA APLICACIÓN DE UNA BONIFICACIÓN DEL IBI A PROPIETARIOS QUE ALQUILEN VIVIENDAS VACÍAS AJUSTÁNDOSE A LOS PRECIOS DE ÁREAS DE MERCADO TENSIONADO
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Promovida por:
Plataforma Cívica San Fernando de Henares.
Dirigida a:
Pleno Municipal del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
Fecha: 19 de enero de 2025.
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
San Fernando de Henares, como parte del área metropolitana de Madrid, sufre una creciente tensión en el mercado de la vivienda, con un aumento significativo de los precios del alquiler y una oferta insuficiente para satisfacer la demanda de las familias, jóvenes y personas con rentas medias o bajas. De acuerdo con informes recientes sobre el mercado inmobiliario en la Comunidad de Madrid, una parte considerable del parque habitacional del municipio permanece desocupada, lo que incrementa la presión sobre la disponibilidad y el precio de la vivienda.
En este contexto, el artículo 47 de la Constitución Española consagra el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, instando a los poderes públicos a promover las condiciones necesarias para garantizar este derecho. Asimismo, la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda, establece herramientas para que las administraciones locales impulsen medidas que favorezcan el acceso a la vivienda, incluyendo la regulación de precios en áreas de mercado tensionado.
Con el objetivo de incentivar la puesta en uso de viviendas vacías, ampliando la oferta de alquiler a precios asequibles, se propone la aplicación de una bonificación fiscal del 50% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a propietarios que alquilen dichas viviendas, siempre que:
1. Los contratos de arrendamiento respeten los precios máximos fijados para áreas de mercado tensionado, en línea con la Ley de Vivienda.
2. El Ayuntamiento promueva la declaración de San Fernando de Henares como área de mercado tensionado, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 18 de la citada ley.
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FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA.
1. Constitución Española (1978):
Artículo 47: Garantiza el derecho a la vivienda y encomienda a los poderes públicos la promoción de condiciones que eviten la especulación inmobiliaria.
2. Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda:
Artículo 18: Regula la declaración de áreas de mercado tensionado, permitiendo a los Ayuntamientos coordinarse con las Comunidades Autónomas para aplicar medidas de control de precios.
Artículo 20: Establece que los precios en dichas áreas serán determinados en función de los límites establecidos por la ley.
3. Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RDL 2/2004, de 5 de marzo):
Artículo 74.4: Permite la aplicación de bonificaciones de hasta el 50% del IBI a aquellas viviendas que se destinen al alquiler en condiciones específicas definidas en las ordenanzas fiscales municipales.
4. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid:
Promueve el uso eficiente del suelo y la movilización de recursos habitacionales inactivos.
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PROPUESTA TÉCNICA Y OPERATIVA.
1. Definición de vivienda vacía:
Se considerará vivienda vacía aquella que permanezca desocupada durante más de 12 meses consecutivos, salvo causas justificadas como obras, litigios o herencias.
2. Bonificación fiscal:
Tipo de bonificación:
Reducción del 50% del IBI para las viviendas vacías que sean alquiladas bajo las siguientes condiciones:
Formalización de un contrato de arrendamiento conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
Registro del contrato en el correspondiente organismo de la Comunidad de Madrid.
Ajuste de los precios de alquiler a los límites establecidos para áreas de mercado tensionado, de acuerdo con la Ley de Vivienda.
3. Condiciones para acceder a la bonificación:
Los propietarios deberán presentar:
* Copia del contrato de alquiler registrado.
* Certificado de empadronamiento del inquilino que acredite el uso habitual de la vivienda.
* Declaración responsable de cumplimiento de los precios máximos establecidos en áreas tensionadas.
4. Declaración de San Fernando de Henares como área de mercado tensionado:
* El Ayuntamiento elaborará un informe técnico-económico justificando el cumplimiento de los requisitos para declarar el municipio como área tensionada, según el artículo 18 de la Ley de Vivienda:
* Incremento del precio del alquiler superior al IPC en los últimos cinco años.
* Más del 30% de los ingresos familiares destinados al alquiler.
5. Control y seguimiento:
* Creación de un registro municipal de viviendas acogidas a la bonificación.
* Revisión anual de los contratos y condiciones.
6. Duración de la medida:
Vigencia inicial de 4 años, con evaluación anual de su impacto fiscal y social.
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IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL.
1. Impacto fiscal:
Aunque la bonificación supondrá una reducción parcial de los ingresos municipales por IBI, esta medida se compensará con el aumento de la actividad económica local y el efecto positivo en la cohesión social del municipio.
2. Impacto social:
Ampliación de la oferta de alquiler a precios asequibles.
Mejora del acceso a la vivienda para familias, jóvenes y colectivos vulnerables.
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ACUERDOS PROPUESTOS.
Se solicita al Pleno Municipal del Ayuntamiento de San Fernando de Henares la adopción de los siguientes acuerdos:
1. Modificar la Ordenanza Fiscal del IBI para incluir una bonificación del 50% a las viviendas vacías alquiladas bajo los criterios establecidos en esta moción.
2. Promover la declaración de San Fernando de Henares como área de mercado tensionado, solicitando su tramitación a la Comunidad de Madrid.
3. Crear un registro municipal de viviendas bonificadas, garantizando el cumplimiento de los requisitos técnicos y jurídicos.
4. Realizar un seguimiento anual del impacto de la medida, publicando los resultados en el portal de transparencia municipal.