lunes, 22 de enero de 2024

10.10.2023 - AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD EN EDIFICIOS DE VIVIENDAS.


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INFORMACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO:

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Venimos a informar por petición de varios vecinos del municipio, de las ayudas de la Comunidad de Madrid al fomento de la mejora de la accesibilidad, tanto en el medio urbano como rural, en edificios y viviendas residenciales, impulsando la implementación de ascensores en aquellas edificaciones que lo necesitan, así como otras actuaciones vinculadas a la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, con especial atención a las personas con discapacidad.
Es preciso señalar que la adaptación de los espacios comunes y accesos de los edificios de viviendas en comunidades de vecinos es OBLIGATORIA caso de ser requerido por parte de un propietario o inquilino residente en viviendas del mismo. Por lo que la Comunidad de Propietarios deberá atender esa petición siendo nulo cualquier acuerdo que la eluda, dentro de lo que sea técnicamente viable.
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DESTINATARIOS:
*Propietarios de viviendas unifamiliares y edificios y propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
*Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios.
*Sociedades cooperativas compuestas por propietarios de edificios o viviendas.
*Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios y cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato con la propiedad que les faculte para acometer las obras de rehabilitación.
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REQUISITOS QUE HAN DE REUNIR LOS EDIFICIOS Y VIVIENDAS PARA OBJETIVO DE ESTAS AYUDAS:
*Estar finalizadas antes de 2006, acreditado mediante consulta descriptiva de los datos catastrales, nota simple o escritura.
*Que constituyan el domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar las ayudas, acreditado mediante volante de empadronamiento en vigor.
*Disponer de Informe de evaluación de edificio IEE, con el contenido y documentos suscrito por un técnico competente (arquitecto o arquitecto técnico), que acredite la procedencia de la actuación, de fecha anterior a la solicitud de la ayuda.
*Para la obtención de estas ayudas se requiere que se aporte el proyecto de las actuaciones a realizar. En el caso de que no sea exigible este proyecto, será necesario justificar en una memoria técnica suscrita por técnico competente la adecuación de la actuación propuesta al informe de evaluación de edificio, al Código Técnico de la Edificación y sus documentos de apoyo, y demás normativa de aplicación.
Desde Plataforma Cívica San Fernando de Henares - @Pcs creemos que estas actuaciones deben contar con información y asesoramiento técnico municipal, valorando su inclusión en el plan de rehabilitación de barrios antiguos, dentro de los entornos de rehabilitación programada que se definan, habiendo el pleno municipal aprobado por mayoría una moción en ese sentido en noviembre de 2022.
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Consulta el enlace abajo adjunto para obtener más información sobre las diferentes líneas de ayudas y subvenciones públicas para este tipo de actuaciones.
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