* El Acuerdo de Compraventa de los activos vulneraría el art.: 71de la Ley 9/2017de Contratos del Estado.
El acuerdo para la compra de los activos de la Mercantil concursada Plaza de España San Fernando SL es la piedra angular para que el Ayuntamiento pueda devolver la actividad a una plaza cuyo proyecto de restauración y rehabilitación tenía la bondad de revitalizar el decadente centro histórico del Real Sitio de San Fernando, muy degradado y desvirtuado por sus anteriores propietarios.
Desde la AC. EL MOLINO, consideran que el acuerdo de compraventa elevado a público entre el Administrador Concursal de Plaza de España y el Alcalde en representación del Ayuntamiento. Adolece de vicios legales, que ponen en cuestión la legalidad de una operación que podría devenir en su NULIDAD haciendo embarrancar todo el proceso para dar una solución a esta grave situación que vive el centro de San Fernando desde 2012 (hace 12 años).
Desde Plataforma Cívica San Fernando de Henares, mal que sinte en el equipo de gobierno, nos vemos en la necesidad de que el gobierno municipal, despeja con rigor técnico y jurídico las cuestiones de LEGALIDAD que desde la AC. EL MOLINO plantean, teniendo por su conocimiento del devenir de este litigio cierta CREDIBILIDAD en lo que dicen, pues no en vano, fueron los que denunciaron en origen todas las irregularidades que devinieron en la actual situación, y en las que no reparó el PSOE entonces socio de gobierno de Izquierda Unida en connivencia en los plenos y juntas de gobierno con todo lo que al respecto se decidía, votando a favor de todo ello el actual alcalde como concejal desde 2007 del grupo municipal socialista.
QUÉ ES LO QUE DENUNCIAN DESDE "EL MOLINO":
La prohibición de contratar por parte de las AA.PP. con empresas concursadas o insolventes que impone el artículo 71 de la Ley 9/2017 de contratos del Estado.
Y no solo tienen prohibido contratar las AA.PP. y entre ellas obviamente el Ayuntamiento, con las empresas que se hallen en concurso de acreedores voluntario cual es el caso de PESF, sino que tampoco pueden contratar con las empresas que no se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias.
PESF no pagó ni un solo euro en conceptos de ICIO y de Tasas Urbanísticas, lo que llevó al Juzgado número 1 de Coslada donde se sigue uno de los procedimientos penales, a concluir que dicha sociedad había incurrido en un presunto delito fiscal.
OTROS SUPUESTOS ILÍCITOS A TENOR DE LO QUE LAS PARTES MANIFIESTAN EN EL CONTRATO DE COMPRAVENTA FORMALIZADO EL PASADO 23 de SEPTIEMBRE DE 2023.
MANIFESTACION PARTE VENDEDORA:
Que, “la presente transmisión no está sujeta de ningún derecho de tanteo y retracto convencional, legal o urbanístico, y especialmente de los inmuebles objeto de esta escritura no se hallan incluidos en área de tanteo y retracto urbanístico, conforme establece el artículo 84 del RD 1093/1997”.
Que, no le consta que se haya incoado ningún expediente de infracción urbanística.
Ambas afirmaciones son falsas:
1) Existe derecho de tanteo sobre al menos 19 fincas declaradas BIC.
2) Hay incoados dos expedientes de infracción de la ley de patrimonio histórico.
3) Hay también incoado un procedimiento penal por posible delito contra la ordenación de territorio que dio lugar a las medidas cautelares penales.
OTRAS MANIFESTACIONES DE LA PARTE VENDEDORA CON LA CONFORMIDAD DE LA PARTE COMPRADORA:
Que, el terreno que se transmite mediante la escritura, no se encuentra en ninguna de las situaciones del artículo 27.2 a del RDL 7/2015 del texto refundido de la Ley de Suelo del Estado:
1) que no cuenta con edificaciones fuera de ordenación,
2) que no están destinadas a la construcción de viviendas de protegidas.
Ambas afirmaciones son falsas también:
1) Todas las edificaciones levantadas en la actuación se hallan fuera de ordenación por cuanto que el Plan Especial no se ha publicado aún y por lo tanto no estaba en vigor cuando se autorizaron las licencias.
2) Asimismo, es falso que no haya destinadas algunas de las edificaciones residenciales levantadas a viviendas protegidas. Es más, se produjo un sorteo de 52 viviendas y fueron adjudicadas e incluso señaladas las reservas económicamente. El alcalde estuvo en la mesa presidencial del sorteo celebrado ante notario.
INTERPELACIÓN EN EL PLENO DE ENERO AL ALCALDE
A tenor de todas estas cuestiones, no cabe otra que instar a la oposición a que interpele al alcalde al respecto en el próximo pleno ordinario, al objeto de que se pronuncie y conste en actas su respuesta. Desde Plataforma Cívica San Fernando de Henares - @Pcs instamos en ese sentido a los grupos municipales de oposición, en el ámbito de su control democrático a la acción del gobierno y su fiscalización.
El alcalde ha respondido a los medios, pero corresponde lo haga también y sobre las cuestiones concretas en el Pleno Municipal.
No podemos permitir que se vuelvan a producir cometer posibles errores cuya factura luego pagamos todos los contribuyentes del municipio.
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