lunes, 2 de octubre de 2023

09.08.2023 - MEDIDAS FRENTE A LOS PROPIETARIOS INCÍVICOS DE PERROS. Una ordenanza para mascotas.


NECESITAMOS TOMAR MEDIDAS ANTE EL INCIVISMO DE ALGUNOS PROPIETARIOS DE MASCOTAS CANINAS, NO BASTA YA CON INFORMAR Y CONCIENCIAR

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EL POR QUÉ DE UN CENSO CANINO MUNICIPAL
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Esta información ayudará al Ayuntamiento a tener un recuento de las familias que disponen de una mascota en el núcleo familiar.

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REQUISITOS QUE HAY QUE TENER PARA INSCRIBIRSE EN EL CENSO CANINO
Básicamente ser residente en San Fernando de Henares, tener más de 18 años y ser el propietario de tu mascota.
El Ayuntamiento deberá desarrollar y poner a disposición de l@s vecin@s un formulario impreso y digital de solicitud de Inscripción en el Censo Canino y a parte se tendría que adjuntar a este impreso una documentación básica:
*DNI del propietario.
*Cartilla sanitaria del perro.
Es importante que la cartilla esté actualizada con las vacunas obligatorias para garantizar la seguridad de los vecinos y otros animales. Si todavía no contaras con una cartilla sanitaria actualizada, en cualquier clínica veterinaria te ayudarían con ese trámite.
*Documentación de la inscripción de tu mascota en el Registro Informático de Identificación Animal de la Comunidad de Madrid. Esta información la deberá de facilitar el veterinario que le implantó el microchip a tu mascota.

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TASA DE INSCRIPCIÓN EN EL CENSO MUNICIPAL
Sí, inscribir a tu mascota en el censo canino Municipal estará sujeto a una tasa cuyo importe se determinará en la correspondiente ordenanza municipal anualmente por los gastos de gestión sanitaria. El pago se haría a través de un sistema de autoliquidación.

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¿CUANDO SE DEBERÍA DAR DE ALTA EN EL CENSO CANINO?.
Al adoptar un perro estás obligado por Ley a darlo de alta en el Censo Canino de tu municipio. Se plantea la OBLIGATORIEDAD hacerlo en un plazo de 15 días desde el momento de la adopción, estableciéndose el régimen sancionador correspondiente para quienes no lo hagan.
Si tu mascota ha tenido cachorros también debes de censarlos. En este caso se propone la obligación de hacerlo cuando los perros tengan entre 4 meses de edad.

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PERROS DE RAZA PELIGROSA.
¿Tienes un Pit bull terrier, Doberman, Rottweiler o cualquier otro perro que sea considerado un perro potencialmente peligroso (ppp)?.
A parte de LA OBLIGATORIA alta en el Censo Canino Municipal deberás de solicitar la Licencia para tener este tipo de mascotas. Si tu perro no forma parte de la lista de PPP que marcaría el Ayuntamiento pero tiene un carácter bastante agresivo deberás solicitar esta licencia igualmente para evitar accidentes a ciudadanos u otros animales.

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SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL OBLIGATORIA POR LA TENENCIA DE PERROS
Será obligatorio dicho seguro para todos los perros Independientemente de si son o no PPP (perro potencialmente peligrosos) y preceptivo para obtener licencia municipal para la tenencia de este tipo de perros.

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TASA CANINA ANUAL
Se establecerá con carácter anual una tasa por tenencia de perros a todos los vecinos que figuren como propietarios en el censo canino.
Dicha tasa, cuya cuantía anual se fijaría en la ordenanza correspondiente, tendrá por objeto compensar el impacto que en la limpieza de la ciudad y sus espacios públicos tenga la población canina. Dichos recursos se destinarán a la implantación de un PLAN CANINO, que incluya nuevas áreas caninas y otras mejoras en los servicios orientados a este tipo de población urbana animal.



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