lunes, 2 de octubre de 2023

13.09.2023 - DECLARACIONES RESPECTO A LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO DE COMPRA DE LOS BIENES DE LA MERCANTIL MIXTA PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL. A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO.


RECUPERAMOS LA PLAZA DE ESPAÑA

Primero de todo señalar que valoramos positivamente el acuerdo que da cumplimiento a lo mandatado por la mayoría del pleno municipal en la sesión extraordinaria del pasado 16 de diciembre de 2022. Por cuanto supone un nuevo escenario que permite al Ayuntamiento actuar para dar una solución legal definitiva a la situación en la que se encuentra la plaza desde 2012, poniendo en valor y en uso el conjunto de la misma, parte fundamental del casco histórico del Real Sitio.

Este acuerdo efectivamente, se hace sobre la base de unas condiciones muy ventajosas para el Ayuntamiento, gracias a la intermediación del Ministerio de Hacienda, que a través del ICO (instituto de crédito oficial) paga al principal acreedor en el concurso casi 22 millones de euros, tras una quita del 61% del valor de los créditos hipotecarios concedidos en su día, que quedan cancelados con dicho acto, lo cual supone un importante alivio para las arcas municipales, cuyo endeudamiento se reduce notablemente. El Ayuntamiento devolverá al ICO esos 22 millones en condiciones mucho más ventajosas, teniendo en cuenta además, que la comercialización y venta de las viviendas, locales y plazas de garaje, reportará al Ayuntamiento ingresos que permiten devolver dicho crédito posiblemente antes del periodo fijado.

No obstante desde Plataforma Cívica San Fernando de Henares - @Pcs consideramos importante despejar estas cuestiones:

1. POSIBLE RECLAMACIÓN DE OTROS ACREEDORES:
Desconocemos si este acto cierra el concurso de acreedores de la Mercantil Plaza España SL. dando la misma por liquidada. No obstante, en dicho concurso el Ayuntamiento fue declarado culpable y responsable, al margen del mismo, los antiguos propietarios han ganado en sede judicial todos los pleitos interpuestos, siendo obligado el Ayuntamiento a indemnizarlos, la suma de cuyas indemnizaciones ronda los 40 millones ya pagados a la práctica totalidad de ellos. Es por ello, que cabe la posibilidad de RECLAMACIÓN JUDICIAL al Ayuntamiento por parte de aquellos acreedores perjudicados, en especial, las dos constructoras a las que se dejó de pagar el importe de las obras.

2. RESTITUIR LA LEGALIDAD URBANÍSTICA:
El proyecto de reconstrucción y nueva edificación de la Plaza de España de hizo sobre la base de un Plan Especial que contravino las determinaciones del PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA vigente en lo determinado en la UE-1 del mismo que estableció las condiciones y parámetros urbanísticos de la operación en la plaza. Dicho plan especial no se sometió a información pública. Asimismo las obras ejecutadas no se ajustaron a las determinaciones del catálogo de planeamiento y supusieron de facto la destrucción del parcelario histórico y la práctica demolición y reedificación de los edificios catalogados. A más abundamiento, los proyectos de reparcelación incluyeron bienes públicos demaniales como de dominio privado, cedidos a la mercantil constituida de mayoritaria participación privada sin autorización expresa del pleno previo trámite para su desafectación.

Todas estas cuestiones deben ser resueltas para dar legalidad a lo construido y puede necesitar:

*Modificar el PGOU para regularizar lo allí construido en lo tocante a la UE-1, transfiriendo parte del exceso de aprovechamiento del área de reparto en la que se encuentra para justificar los excesos de edificabilidad, fijando correctamente las cargas y beneficios así como las cesiones obligatorias.

*Un nuevo proyecto de reparcelación que delimite correctamente el dominio público del privado conforme a la ordenación urbanística resultante de lo construido, fundamental, para posteriormente realizar una correcta división horizontal. En esa reparcelación debe volver al dominio público la plaza y parquing bajo la misma, equipamientos como el Museo de La Ciudad así como las cesiones que se establezcan necesarias dentro de la modificación puntual del plan, por ejemplo, con los viales peatonales de acceso a los edificios en el interior de las manzanas.

3. VALORACIÓN DEL IMPORTE DE TERMINACIÓN DE LAS OBRAS DE MANERA CONJUNTA O POR LOTES CONFORME A DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA.
Esto supone presupuestar el importe de terminación de las obras y reparaciones necesarias para dejar las viviendas terminadas en condiciones de habitabilidad. Incluidos los garajes y trasteros de servicio a las mismas.
La terminación de las obras y acabados o reparaciones necesarias para la puesta en uso de los locales comerciales.
La terminación de las obras y reparaciones necesarias para la puesta en servicio del aparcamiento público bajo la plaza.
La terminación de las obras y reparaciones necesarias para la puesta en funcionamiento del MUSEO DE LA CIUDAD.
Es evidente que estos trabajos pueden suponer un monto de dinero importante que hay que presupuestar, desarrollando los proyectos necesarios, así como los pliegos para su adjudicación ya sea en su conjunto o por partes en base a los recursos de los que disponga el Ayuntamiento.

4. ¿QUIÉN O QUIENES EJECUTARÁN LAS OBRAS DE TERMINACIÓN Y REPARACIONES EN LA PLAZA Y CÓMO SE VAN A SUFRAGAR?.
Es una cuestión importante a tener en cuenta, porque el Ayuntamiento carece de los medios necesarios para acometer dichos trabajos y a priori tampoco está presupuestado su importe, de ahí la importancia de lo referido en el punto anterior.

Dos son las posibilidades:

Refundar y recapitalizar la EMPRESA MUNICIPAL DE SUELO encomendándole la redacción de los proyectos necesarios para que está los adjudique a las empresas que deban acometer los trabajos.

O el Ayuntamiento directamente debe encargar los proyectos, redactar pliegos y adjudicar las obras presupuestadas con cargo directo a los presupuestos municipales en concurso público.

Todas estas cuestiones deben ser las que a nuestro juicio se han de despejar y que deben ser PRIORIDAD DE GESTIÓN MUNICIPAL para poder terminar el mandato con todo el conjunto de la plaza revalorizado, puesto en uso y habitado.

5. EL BENECIO SOCIAL DE LA OPERACIÓN:
Evidentemente entendemos que el importe pagado por los contribuyentes de San Fernando ha de tener como contrapartida las siguientes:

*Que parte de las viviendas puedan tener la calificación de protección pública de cara a su sorteo entre los residentes demandantes de vivienda.

*Que el aparcamiento bajo la plaza sea destinado en parte a residentes parte en régimen de compraventa y parte en alquiler a precios asequibles al objeto de resolver los déficits de aparcamiento en la zona y abordar operaciones de peatonalización en el marco de la ZBE (zona de bajas emisiones) previsto implantar en el casco antiguo.

*La mejora del espacio público de la plaza y la puesta en marcha del proyecto museístico de la ciudad y su promoción comercial, turística y cultural, destinando parte de los futuros locales a servicios públicos municipales tales como la nueva sede de la EMS y oficina de rehabilitación de edificios en el marco de lo acordado por el pleno municipal para la rehabilitación sostenible de viviendas y barrios antiguos de la ciudad.

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